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La Directiva.

"es necesario convencer a los trabajadores que son un gran poder como no hay otro, pero que la fuerza de ese poder reside en la organización" LUIS EMILIO RECABARREN



“La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos. Con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida.”
-Cervantes

"Compañeros, yo no soy un Mesías, ni quiero serlo. Yo quiero aparecer ante mi pueblo, ante mi gente como una posibilidad política. Quiero aparecer como un puente hacia el socialismo... Allende es un hombre militante de la revolución. Tenemos que hacer claridad política. No podemos llegar al gobierno, no podemos llegar a La Moneda con un pueblo que espera milagros... porque el milagro tendrá que hacerlo el pueblo y no yo"

Salvador Allende




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martes, 23 de septiembre de 2008

Ley 20.281, que equipara el sueldo base al IMM, sus implicancias para las remuneraciones de los trabajadores son diversas.

A. Equiparación sueldo base al ingreso mínimo mensual

1) Por una parte, tal como explica el Dictamen Nº 3152/063 de 25 de Julio de 2008, dicha equiparación debe hacerse con cargo a los estipendios fijos (que jurídicamente constituyen sueldo, de acuerdo al artículo 41 letra a) y los variables de la remuneración mensual, por lo que en esta parte no implica ningún aumento de la remuneración mensual.

2) Además, el empleador está facultado para hacer este "ajuste" en un plazo de 6 meses, en forma unilateral, en las liquidaciones de remuneraciones. Es decir, no necesita que el trabajador suscriba anexo de contrato de trabajo alguno para modificar, en los hechos, la forma de cálculo de su remuneración, debiendo cautelar únicamente que esta no disminuya. El problema de esto radica en que el artículo 11 del Código del Trabajo obliga al empleador a "actualizar" la remuneración del trabajador por lo menos una vez al año, por medio de la suscripción de un anexo de contrato de trabajo, por lo que los trabajadores deberán tener mucho cuidado respecto de la forma en que se estipulará que deben calcularse sus comisiones e incentivos diarios, a efectos de impedir que se traduzcan en una baja efectiva de su remuneración mensual.

3) Lamentablemente, los trabajadores sujetos al artículo 22 del Código del Trabajo -excluidos, por tanto, de la jornada de trabajo- no tienen derecho a que se les efectúe este "ajuste". No obstante, la Ley aclara quiénes efectivamente están sujetos a dicha norma, lo cual ayudará a evitar un sinnúmero de fraudes que se cometen en la práctica y muchos empleadores deberán comenzar a pagar las horas extras que corresponden. Esta norma rige de forma inmediata, por lo que el pago de las horas extras debe hacerse efectivo a partir de la entrada en vigencia de la Ley, pues el plazo de 6 meses sólo rige para efectuar el "ajuste" en el sueldo base.

B. Semana Corrida

4) Por otra parte, tal como explica acertadamente el Dictamen Nº 3162/066 de 5 de Agosto, la Ley aclara establece que los trabajadores con remuneración mixta (sueldo más variables) también tienen derecho a la semana corrida, pero en su base de cálculo deben considerarse todas las remuneraciones variables que se devenguen diariamente sin importar que su pago se realice en forma mensual. En consecuencia, la semana corrida de éstos trabajadores deberá pagarse sobre la base de las comisiones, bonos diarios de productividad y otros estipendios que se calculan en forma diaria, y no por el "sueldo base", como se acostumbraba a hacer, lo que -en la práctica- se traduce en un aumento de la remuneración mensual de muchos trabajadores.

5) Finalmente, debemos llamar la atención en que el pago de la semana corrida también debe hacerse de inmediato, puesto que el plazo de 6 meses que establece la Ley rige solamente para efectuar el ajuste. Por lo tanto, el empleador no puede hacer ajuste unilateral alguno en la materia, debiendo pagar lo que corresponde por concepto de semana corrida a apartir de ahora. No obstante, hacemos presente que algunos sectores están solicitando la emisión de un dictamen o de una Ley interpretativa en la materia, por lo que ¡les recomendamos estar atentos a eventuales cambios!

¡¡UN POCO DE HUMOR!!!









Las mujeres inteligentes.

Mujer: eres la Madre de la humanidad; tus entrañas alimentaron los seres racionales de la tierra; sin embargo, tu eres la Gran Esclava de tus propios Hijos que han fabricado esas cadenas de errores y prejuicios que tienen inclinada la frente gentil a la mansedumbre histórica. Yérguete, en hermosa altivez; destroza las cadenas y proclama tu libertad, que ella será la libertad de tus hijos, la libertad de toda la humanidad.

La mujer: se ha dicho y se dirá aún por mucho tiempo -, es víctima de doble explotación. Es dos veces esclava. Soporta la esclavitud del hogar y la del taller, fábrica, almacén u oficina.

LUIS EMILIO RECABARREN

¡¡DIME CON QUIEN ANDAS Y TE DIRE QUIEN ERES!!!



De nuevo Martínez en la CUT: ¡¡Gana el Gobierno, sonríe el Patrón!!!

lunes, 8 de septiembre de 2008

Si alguien ve a la Presidenta.

Si alguien ve a la Presidenta...

por Ricardo Candia Cares

....Avísenle que murió calcinada Juana María Pichinao y otras cinco personas que aún no han sido identificadas en el pueblo de Santa Bárbara en la Región del Bio Bio. Así, la autoridad podría entregar su pésame a las familias respectivas, y enviar el avión presidencial por si necesitan algo, tal como lo hizo, con justificada razón, para la tragedia de las estudiantes del Colegio Cumbres en días pasados.

Habría que decirle que la noticia de esta tragedia apenas ocupa algunas líneas de los diarios de hoy.

Si se entera de este hecho, la presidenta podría encomendar a la Ministra de Educación o a alguna otra autoridad, para acompañar a los deudos y poner cara de pena en las noticias de las nueve. Habría que informarle también que se trata de familias muy pobres que vivían hacinados en una casa de madera y calentaban sus huesos con carbón y que eso incendió su carencia.

También decirle que no son nombres muy conocidos ni relacionados con las mayores fortunas del país, ni son dueños sino de su miseria. Y sugerirle que haga el mismo gesto que hizo con los familiares de las familias ricas y poderosas. E informarle que no se ha escuchado de ninguna autoridad algún mensaje de condolencias para las familias afectadas. ¿O será que no son suficientes seis muertos y que nueve sí lo son? ¿Será que morir en un accidente de tránsito es distinto que achicharrados en una casucha de madera?

Habría que avisarle también que entre los muertos, hay un niño

Gracias.

viernes, 29 de agosto de 2008

"Mi despido, decidido por el representante legal de la CUT Arturo Martínez, fue infundado, arbitrario, despótico e ilegal"

El más abajo suscrito, dirigente sindical, con ocasión de la demanda interpuesta contra la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en junio del 2006 por despido injustificado, no obstante mi condición de dirigente sindical en ejercicio, a la opinión pública vengo en señalar lo siguiente:

Con fecha 4 de julio del año en curso, el 5º Juzgado laboral de Santiago en la causa rol L-2280-2006 caratulado Bascuñán Riquelme / Central Unitaria de Trabajadores, ha dictado sentencia en primera instancia que, de acuerdo a la legalidad vigente en materia de derecho laboral, ha sido fallado favorablemente a mi favor, dando satisfacción plena a la aspiración del suscrito, por cuanto viene a poner justicia a una situación que por las características del despido, decidido por su representante legal Arturo Martínez Molina, fue infundado, arbitrario, despótico e ilegal, cuestión que, de acuerdo a la investidura para la que fue concebido, no se condice con la decencia ni la razón que generalmente asiste a un dirigente sindical. Entonces, ¿con qué moral el señor Martínez y la CUT va a defender a un trabajador apartado de sus labores de manera unilateral?

Este fallo de primera instancia, viene a poner en su justo lugar a quien ha hecho del abuso de poder dentro de la Central, una constante, ya que con sus decisiones personalistas y ambiciosas, también creyó pasar por encima de la razón y del imperio de la ley. Estoy cierto que, más allá del resultado de cualquier apelación que el señor Martínez mandate, la acusación moral e histórica a su opaca labor como máximo representante de los trabajadores ya está sentenciada.

Tal vez la razón a que el señor Martínez y la CUT se equivoquen tanto respecto del conocimiento de la ley laboral y de los tratados internacionales, se deba a la total ignorancia que este tiene y por consiguiente, puedo añadir responsable y fehacientemente, esto se deba a que jamás ha sido un trabajador con obligaciones, no conoce de horarios de entrada o salida de algún establecimiento o empresa, como tampoco sabe de una negociación colectiva o defender una determinada materia frente a una gerencia.

Cabe señalar que el fallo en sí es categórico y elocuente, por cuanto el señor Magistrado es claro y preciso en señalar el marco de la ley y la sentencia creo, se ajusta total y absolutamente a derecho. Por lo tanto la Central Unitaria de Trabajadores debe, según el fallo, restituirme todas las remuneraciones con sus costas e intereses incluidos, desde la fecha de mi separación de la empresa vale decir, desde el 2 de junio de 2006.

jueves, 21 de agosto de 2008

La protección laboral que inquieta a la derecha

Últimas iniciativas del Ejecutivo que plantean mayor defensa a derechos de los trabajadores provocaron que la CPC y think tank ligados a la Alianza salieran a criticar el rol del ministro del Trabajo.
No es casualidad que en la misma semana en que el Gobierno envió al Congreso el proyecto que modifica el seguro de cesantía, las distintas ramificaciones de la Alianza por Chile -tanto empresariales como centros de estudios y qué decir de sus legisladores- se lanzaran "en picada" contra la hoja de ruta del ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade.
Es que no sólo es un proyecto que defiende el rol de los trabajadores el que el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet ha enviado a Valparaíso. Además, hay que sumar otro que generó la misma reticencia en el ala derechista de la sociedad: la igualación del sueldo base con el salario mínimo y el polémico artículo de la semana corrida (ver dato).
Aumento de costos, despidos de personal y poco impulso a la competitividad fueron algunos de los argumentos de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) para descalificar estas iniciativas.
De hecho el presidente de la CPC, Alfredo Ovalle calificó como "una pena" el que no se haya incluido en la discusión del proyecto de seguro de cesantía una modificación a la indemnización por años de servicios, viejo anhelo de las entidades patronales. En tanto, para Schmidt fue una "oportunidad perdida" el que no se discutiera este ámbito.
Pero no sólo a nivel empresarial se criticó el programa laboral del Ejecutivo. Durante la semana, el Instituto Libertad y Desarrollo (LyD) dio a conocer un estudio en que se detecta un supuesto aumento de costos para las compañías en caso de aplicar el artículo de semana corrida.
El think tank ligado a la UDI detalla que además de provocar aumentos en los costos, el beneficio provocará rigidez en el mercado laboral. El estudio añade que "existe un grado de incertidumbre con respecto a los resultados que tendrán los proyectos de ley que se han anunciado en la futura agenda (del ministro del Trabajo)".
"Más instrumentos de defensa"
En este escenario, no son pocos los que defienden la labor del Ejecutivo y acusan a la derecha de sólo estar generando temores para flexibilizar aún más el mercado laboral chileno.
El decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Central, Humberto Vega, señala que "la agenda laboral del Gobierno va en la línea correcta".
Agrega que "no hay problema de flexibilidad en la economía chilena. Eso es una ideología y una demagogia de los que están acostumbrados a que los costos, ya sea inflación u otra cosa, los paguen los trabajadores y los grupos más pobres. No sólo es un mal análisis económico el que se hace, sino además es una inmoralidad de los que recomiendan hoy la flexibilidad, en una situación chilena donde los salarios son tan bajos y la distribución del ingreso es una de las 15 peores del mundo".
Un análisis coincidente realiza el economista de Aserta Consultores, Hernán Frigolett quien cree que con estas iniciativas "en el fondo se está introduciendo un marco legal donde los trabajadores van a tener más instrumentos de defensa".
Frigolett sostiene que "la mejora del seguro de cesantía no tiene por qué estar amarrada a una modificación de las indemnizaciones. La derecha está interesada en que vayan las dos cosas juntas, porque ahí la negociación sería más favorable a lo que ellos quieren: bajar los beneficios de la indemnización por años de servicio".