El más abajo suscrito, dirigente sindical, con ocasión de la demanda interpuesta contra la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en junio del 2006 por despido injustificado, no obstante mi condición de dirigente sindical en ejercicio, a la opinión pública vengo en señalar lo siguiente:
Con fecha 4 de julio del año en curso, el 5º Juzgado laboral de Santiago en la causa rol L-2280-2006 caratulado Bascuñán Riquelme / Central Unitaria de Trabajadores, ha dictado sentencia en primera instancia que, de acuerdo a la legalidad vigente en materia de derecho laboral, ha sido fallado favorablemente a mi favor, dando satisfacción plena a la aspiración del suscrito, por cuanto viene a poner justicia a una situación que por las características del despido, decidido por su representante legal Arturo Martínez Molina, fue infundado, arbitrario, despótico e ilegal, cuestión que, de acuerdo a la investidura para la que fue concebido, no se condice con la decencia ni la razón que generalmente asiste a un dirigente sindical. Entonces, ¿con qué moral el señor Martínez y la CUT va a defender a un trabajador apartado de sus labores de manera unilateral?
Este fallo de primera instancia, viene a poner en su justo lugar a quien ha hecho del abuso de poder dentro de la Central, una constante, ya que con sus decisiones personalistas y ambiciosas, también creyó pasar por encima de la razón y del imperio de la ley. Estoy cierto que, más allá del resultado de cualquier apelación que el señor Martínez mandate, la acusación moral e histórica a su opaca labor como máximo representante de los trabajadores ya está sentenciada.
Tal vez la razón a que el señor Martínez y la CUT se equivoquen tanto respecto del conocimiento de la ley laboral y de los tratados internacionales, se deba a la total ignorancia que este tiene y por consiguiente, puedo añadir responsable y fehacientemente, esto se deba a que jamás ha sido un trabajador con obligaciones, no conoce de horarios de entrada o salida de algún establecimiento o empresa, como tampoco sabe de una negociación colectiva o defender una determinada materia frente a una gerencia.
Cabe señalar que el fallo en sí es categórico y elocuente, por cuanto el señor Magistrado es claro y preciso en señalar el marco de la ley y la sentencia creo, se ajusta total y absolutamente a derecho. Por lo tanto la Central Unitaria de Trabajadores debe, según el fallo, restituirme todas las remuneraciones con sus costas e intereses incluidos, desde la fecha de mi separación de la empresa vale decir, desde el 2 de junio de 2006.
Los psicofármacos en la mochila: el currículum oculto de la salud mental
universitaria en Chile
-
La entrada Los psicofármacos en la mochila: el currículum oculto de la
salud mental universitaria en Chile se publicó primero en CIPER Chile.
Hace 57 minutos